Restricciones Covid19 en Catalunya

¿Tiene previsto venir a Barcelona estos días?

Debido al aumento de casos de Coronavirus, el Govern de la Generalitat de Catalunya ha decretado nuevas restricciones que se deben aplicar, de momento, del 7 al 17 de Enero de 2021. Aquí hacemos un resumen:

Confinamiento municipal: se ha decretado un confinamiento municipal, no se permite entrar ni salir del municipio. Existen algunas excepciones

-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociales.

-Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales que no puedan hacer telemáticamente.

-Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

-Regreso al lugar de residencia habitual o familiar, por una necesidad justificada.

-Asistencia y cuidado de menores, personas mayores, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables.

-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no se puedan hacer telemáticamente o estaciones de abastecimiento en territorios limítrofes.

-Desplazamientos necesarios para la recogida y cuidado de menores de edad en caso de progenitores separados, divorciados o con residencia en lugares diferentes.

-Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales que no se puedan hacer telemáticamente.

-Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables que no se puedan hacer telemáticamente.

-Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

-Ejercicio del derecho de manifestación y de participación política.

-Actividad física y deportiva individual al aire libre entre municipios limítrofes.

-Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

-Cualquier otra actividad de naturaleza análoga, acreditada debidamente.

Se recomienda haber rellenado el Certificado de Declaración Responsable facilitado por la Generalitat en caso de cumplir con alguna de las excepciones. Se puede hacer online, si no se quiere imprimir, desde aquí.

Restricciones en el comercio no esencial:

-Los centros comerciales deben volver a cerrar sus puertas, así como las tiendas de más de 400m2.

-Las tiendas de menos de 400m2 pueden abrir de lunes a viernes.

-Los fines de semana sólo podán abrir los comercios esenciales.

Bares y restaurantes:

– Sólo pueden abrir de 7:30 a 9:30 y entre las 13:00 y las 15:30 para servir desayunos y comidas.

-Por la noche, sólo se permite la comida para llevar, que se podrá recoger entre 19:00 y 22:00 en el local, o hasta las 23:00 si es a domicili

Deporte:

-Sólo se podrá practicar deporte al aire libre

Actividades culturales:

Se pueden realizar actividades culturales, siempre que no se supere el 50% de aforo ni las 1.000 personas asistentes.

Reuniones:

Los encuentros deben ser de un máximo de 6 personas y de 2 burbujas de convivencia distintas como máximo.

Toque de queda nocturno:

Queda prohibida toda movilidad entre las 22:00 y las 6:00, de lunes a domingo.

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